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Ampliación del plazo de declaración para sistema REP

El Ministerio del Medio Ambiente, de acuerdo a la Resolución Nº 0464 del 4 de junio de 2020, informa la ampliación del plazo, para la entrega de información requerida a los productores de productos prioritarios, de acuerdo al artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920.

El nuevo plazo será hasta el día 24 de julio del año en curso a las 14:00 hrs.

De acuerdo a la legislación, se entiende como productor de un producto prioritario a todo el que enajena un producto prioritario por primera vez en el mercado nacional, que enajena bajo marca propia un producto prioritario adquirido de un tercero que no es el primer distribuidor, o quien importa un producto prioritario para su propio uso profesional.

Los productos prioritarios son aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas.

Para ingresar la declaración, los productores deben ingresar al sistema de ventanilla única en vu.mma.gob.cl. Quienes tengan la obligación de informar y no lo hagan se exponen a una infracción, que va desde una de amonestación por escrito o multa de hasta mil unidades tributarias anuales. Le corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente fijar la sanción.

Fuente: Ventanilla Única del RETC.

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